RESPUESTAS AMUCHAS PREGUNTAS
-
Contrariamente al Derecho de ciudadanía de latinoamerica, el Derecho de ciudadanía alemán se basa en el principio de la descendencia (jus sanguinis). Esto significa que sólo quien posea antepasados alemanes puede adquirir la nacionalidad alemana. En cambio, el hecho de haber nacido en Alemania no es requisito suficiente para transmitir la nacionalidad alemana.
También, contrariamente a la nacionalidad argentina, se puede perder fácilmente la nacionalidad alemana (por ejemplo, por naturalización como ciudadano de otro país).
Por tal motivo, es importante poder demostrar en la solicitud que no existe interrupción en la cadena de descendencia del antepasado del cual se deriva la nacionalidad alemana mediante partidas de nacimiento y de matrimonio.
Las siguientes preguntas le ayudarán a evaluar si usted ya posee la nacionalidad alemana, o bien, de qué modo puede adquirirla:
· ¿De qué modo se adquiere la nacionalidad alemana?
· ¿Cuáles son los motivos de pérdida por los cuales yo ya no estaría en posesión de la nacionalidad alemana?
· ¿Cuáles son los documentos que debo adjuntar a la solicitud?
· Formulario de solicitud para determinar la nacionalidad alemana.
El Derecho alemán reconoce, en particular, el principio de descendencia (ius sanguinis): sólo son alemanas aquellas personas cuyos padres, a la fecha de nacimiento de sus hijos, eran ciudadanos alemanes.
La antigüedad del Derecho de ciudadanía alemán supera los 100 años y en ese lapso de tiempo ha atravesado numerosas modificaciones. Por lo tanto, es importante aplicar el correspondiente Derecho vigente a la fecha del nacimiento o del casamiento, de la adopción o de la legitimación. El Derecho alemán prevé las siguientes causas de adquisición de la nacionalidad alemana, pero no todas se aplican en la actualidad:
1. Descendencia de padre o madre alemanes
¿Puede derivarse la nacionalidad alemana en forma indistinta tanto del padre como de la madre? En este caso existe una importante diferenciación.
Aquellas personas nacidas como hijos matrimoniales hasta el 31.12.1974 pueden derivar la nacionalidad alemana desde la fecha de nacimiento exclusivamente del padre. Para los nacidos a partir del 01.01.1975 también existe la alternativa de derivarla de la madre alemana.
Los nacidos como hijos extramatrimoniales hasta el 30.06.1993 sólo pueden derivar la nacionalidad alemana exclusivamente de la madre alemana. Los nacidos a partir del 01.07.1993 también pueden derivarla del padre, siempre y cuando se haya determinado efectivamente la paternidad de conformidad con el Derecho alemán. Con estos casos se relaciona directamente la adquisición de la nacionalidad alemana por legitimación.
2. Legitimación (hasta el 30.06.1998)
La legitimación otorga carácter matrimonial a los hijos extramatrimoniales. Además de la posibilidad de que un tribunal declare la legitimación, la forma más frecuente de legitimación es que los padres contraigan matrimonio posteriormente. No obstante, a pesar del matrimonio efectivo, la ley alemana exige que se determine la identidad de los padres del hijo extramatrimonial. Dado que en algunos casos puede ser complicado demostrar la legitimación efectiva, es conveniente tratar este tema con el funcionario correspondiente en el Consulado.
3. Adopción de menores
La adopción efectiva de conformidad con la ley alemana y a cargo de un ciudadano alemana otorga la nacionalidad alemana a un menor (antes de cumplir los 18 años de edad).
4. Nacionalización
A través de la nacionalización un extranjero adquiere la nacionalidad alemana por primera vez y sólo a partir de la fecha en que se le hace entrega de la carta de ciudadanía correspondiente. A partir de su nacionalización el ciudadano alemán puede transmitir la nacionalidad alemana en los casos expuestos en los números 1 - 3, es decir, por ejemplo, a sus hijos nacidos con posterioridad a su nacionalización.
En lo que se refiere a las nacionalizaciones es necesario distinguir dos posibilidades. Uno de ellos es que el extranjero puede haber adquirido el derecho a la nacionalización por los más diversos motivos. La evaluación de la existencia de ese derecho a nacionalizarse requiere que el interesado concurra personalmente al Consulado para exponer el caso.
Por otra parte, también existe la posibilidad de la nacionalización facultativa o discrecional. Estas condiciones están dadas cuando el solicitante domina el idioma alemán, están integrado al círculo cultural alemán, conoce los lineamiento básicos del orden jurídico de la República Federal de Alemania y cuando está dado un interés público en su nacionalización. La presentación personal en el Consulado es imprescindible.
5. Casamiento
Hasta el 31.03.1953 la mujer extranjera adquiría la nacionalidad alemana al contraer matrimonio con un ciudadano alemán.
La nacionalidad alemana puede perderse con mayor facilidad que la nacionalidad argentina. La pérdida de la nacionalidad alemana se hace efectiva para el afectado a partir de la consumación del hecho, cuya consecuencia es la pérdida de la nacionalidad con efecto inmediato. Esta consecuencia se extiende también a los hijos nacidos o adoptados con posterioridad. Quien ya no posee la nacionalidad alemana a la fecha del nacimiento de un hijo, ya no puede transmitírsela a éste. Por tal motivo, cuando la nacionalidad se deriva a través de varias generaciones es necesario demostrar que no se produjo ningún hecho de pérdida de la nacionalidad en la línea de sucesión.
Motivos para la pérdida de la nacionalidad alemana:
1. Adquisición de la nacionalidad de un Estado extranjero
Quien, con posterioridad al 23.07.1913, haya adquirido por solicitud una nacionalidad extranjera (declaración activa con el objetivo de adquirir una nacionalidad extranjera) ha perdido la nacionalidad alemana al momento de efectivizarse la adquisición de la nacionalidad extranjera. Hasta el 31.12.1999 la pérdida de la nacionalidad alemana no se producía si el solicitante poseía domicilio civil en el país. A partir del 01.01.2000 la pérdida de la nacionalidad alemana es independiente del domicilio.
La autorización para conservar la nacionalidad es una medida de precaución para no perder la nacionalidad alemana. La misma se otorga previa solicitud, siempre y cuando exista un vínculo fuerte con Alemania y que la adquisición de la nacionalidad extranjera sea necesaria para evitar o atenuar importantes perjuicios. La autorización para conservar la nacionalidad alemana es arancelada en todos los casos. Para mayor información es conveniente dirigirse al Consulado.
2. Permanencia no legitimada en el extranjero
Esta causa de pérdida estaba prevista y regulada en la ley de nacionalidad y de pertenencia al Imperio Alemán del 01.06.1870 y se aplicaba hasta la entrada en vigencia de la nueva ley el 23.07.1913.
En consecuencia, el ciudadano alemán que residía durante más de 10 años en el exterior sin registrarse en las Embajadas, Legaciones o Consulados, perdía su nacionalidad alemana. En la práctica esta ley se tiene en cuenta en aquellos casos en los que la nacionalidad alemana sería derivada de un antepasado emigrado antes de 1913. Los Registro Consulares correspondientes a la Argentina se encuentran casi en su totalidad en el Servicio Federal de Administración ("Bundesverwaltungsamt -BVA-".
La respuesta positiva como resultado de la consulta a estos registros, que como paso preliminar puede efectuar la Embajada, es prueba suficiente para demostrar que la nacionalidad alemana no se ha perdido al menos por aplicación de esta disposición. La respuesta demora aproximadamente 6 - 8 semanas.
Cuando ésta es negativa no existe ninguna perspectiva de poder determinar en forma positiva la posesión de la nacionalidad alemana. Para efectuar la consulta de inscripción de los antepasados en los registros se puede utilizar el formulario de e-mail. Para ello es necesario ingresar apellido, nombres, fecha y lugar de nacimiento del antepasado. Cuando estos datos no se indican en forma completa, lamentablemente no se puede obtener la información solicitada.
3. Adopción por parte de un ciudadano extranjero
El ciudadano alemán que es adoptado por un ciudadano extranjero y que mediante la adopción adquiere la nacionalidad del adoptante, pierde la nacionalidad alemana. La pérdida no se produce cuando el adoptado conserva el parentesco con el padre o la madre de nacionalidad alemana.
4. Ingreso a las Fuerzas Armadas de un Estado extranjero
Quien a partir del 01.01.2000 sin autorización previa de conformidad con el Art. N.8 de la Ley de Servicio Militar Obligatorio ingrese en forma voluntaria a las Fuerzas Armadas de un Estado extranjero, cuya nacionalidad posee, pierde la nacionalidad alemana.
5. Baja y renuncia
Quien desee adquirir una nacionalidad extranjera, en la medida que sea necesario para el procedimiento de la solicitud correspondiente, podrá solicitar la baja de la nacionalidad alemana. Quien posea más de una nacionalidad podrá renunciar a la nacionalidad alemana. En ambos casos se deberá presentar una solicitud por escrito que la Embajada remitirá a la autoridad respectiva en Alemania.
En el caso de renuncia la pérdida de la nacionalidad alemana se hace efectiva con la entrega del certificado de renuncia, mientras que en el caso de la baja la misma se hace efectiva con la entrega del certificado de baja. Sin embargo, la baja carecerá de efecto si en el plazo de un año, contado a partir de la fecha de entrega del certificado de baja, el interesado no ha adquirido la nacionalidad extranjera.
6. Legitimación por parte de un extranjero
Hasta el 31.12.1974 y de conformidad con las leyes alemanas un menor pierde la nacionalidad alemana a causa de la legitimación por parte de un extranjero.
Tal como ya se ha mencionado, debe demostrarse en forma absoluta la línea de descendencia del antepasado del cual se deriva la nacionalidad alemana. Al mismo tiempo debe verificarse si ha existido alguna causa de pérdida de la nacionalidad alemana.
En el caso de que anteriormente ya se hubiera emitido un certificado de nacionalidad alemana (para un antepasado) o exista el antecedente de nacionalización, es suficiente presentar una copia de uno de estos documentos. En tal caso el derecho de adquisición se verificará a partir de la generación siguiente y las causas de pérdida se verificarán a partir de la fecha de emisión del respectivo documento. Para ello se deberá presentar la siguiente documentación:
Deben presentarse todas las partidas de nacimiento, comenzando por la del solicitante en línea ascendente hasta la del antepasado del cual se deriva originalmente la nacionalidad.
Para demostrar la descendencia matrimonial es necesario presentar las partidas de matrimonio de los padres, de los abuelos y eventualmente de los bisabuelos. Quien haya adquirido o perdido la nacionalidad alemana por matrimonio, también deberá demostrar este hecho mediante la presentación de la partida de matrimonio.
Dado que la adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera en la mayoría de los casos implicaba la pérdida de la nacionalidad alemana, es necesario demostrar la adquisición o no-adquisición de una nacionalidad extranjera. En la Argentina se solicita para ambos casos una constancia en el Registro Nacional de Electores mediante la presentación del. Usted podrá solicitar que el Registro Nacional de Electores remita la constancia a su domicilio particular. Una vez en su poder, preséntelo junto con el resto de la documentación.
Las personas nacidas en la Argentina son ciudadanos argentinos por ley. Por lo tanto, no es causa de pérdida de la nacionalidad alemana. En estos casos no es necesario presentar la constancia del Registro Nacional de Electores.
En caso de poseer pasaportes de sus antepasados, constancias de empadronamiento o documentación militar es conveniente presentarlos en la ventanilla del Consulado. Con frecuencia es necesario verificar la fecha de ingreso a la Argentina. En este caso pueden ser de utilidad las listas de pasajeros del barco o los pasajes. Asimismo, en caso de poseer un certificado de nacionalidad, una carta de ciudadanía o un certificado de nacionalización se ruega presentar el original y una copia.
En algunos casos puede requerirse documentación adicional. Quien derive la nacionalidad alemana a través de una adopción deberá presentar la sentencia de adopción. Para el caso de descendencia extramatrimonial a partir de una madre divorciada es necesario presentar la sentencia de divorcio y eventualmente el reconocimiento de ésta por autoridad judicial alemana.
Por lo tanto, la enumeración precedente es sólo a titulo demostrativo y no es completa.
Todos los documentos emitidos en idioma extranjero deben presentarse traducidos al idioma alemán. Antes de incurrir en los gastos de las traducciones es conveniente concurrir primero al Consulado en el horario de atención al público con los documentos originales para verificar el derecho a solicitar la nacionalidad alemana y si el solicitante cuenta con toda la documentación necesaria.
Matrimonio en Alemania
El registro civil competente alemán requiere los documentos siguientes:
· Acta de nacimiento con apostilla y traducción.
· Constancia de soltería del registro civil de su país con apostilla y traducción.
· Constancia sobre la residencia con apostilla y traducción.
· En caso de que no se trate del primer matrimonio: sentencia de divorcio o acta de defunción con apostilla y traducción.
· Otros documentos según el registro civil particular.
· Si el extranjero quiere quedarse en Alemania para vivir con su esposo, él tiene que sacar la visa correspondiente en su país antes de la entrada en Alemania.
Pasaporte alemán
El pasaporte alemán se obtiene en los Consulados Alemanes de su residencia. Si vive en Buenos Aires entonces usted podrá tramitar el Pasaporte Europeo. Plazo de espera: aprox. 11 semanas. En caso necesario, se podrá emitir un documento sustitutivo del pasaporte.
Para viajar a USA a partir del 01.10.2003 se podrá ingresar exclusivamente a ese país con pasaportes legibles en forma mecánica. Esto significa que ya no se reconocerán los documentos de viaje para menores y los pasaportes provisorios. Se ruega tener en cuenta este requisito al planificar un viaje y al tramitar el pasaporte europeo.
[email removed]LITO 30 dic 2008, 04:53 - Denunciar
Mis bisabuelos eran alemanes, pero no hay registros. Quisiera obtener pasaporte alemán
- "tu"
- No te preocupes
- mismo caso
- averigua la ciudad natal... y pasa de los espanoles
- Ayuda- Información
- para olga
- ayuda
- .
- estoy en la misma situacion
- ...
- hola....
- yo soy español
- ..
- RESPUESTAS AMUCHAS PREGUNTAS
- TENGO LA COCUMENTACION PERO ESTOY ILEGAL EN ESPAÑA
- nacionalidad alemana
- nacionalidad alemana
- para miguel castillo rossner
- para Olga Elizabeth Tilleria Heinichen
- nacionalidad alemana
- Genealogía alemana
- mis bisabuelos eran alemanes puedo conceguir un pasaporte?
- ayuda - soy alemana
- busco documentacion de mi bisabuelo
- Documentacion
- malo malo malo
- mis bisabuelos eran alemanes puedo conseguir un pasaporte?
- Necesito información
- tengo el mismo problema